¿Cómo funciona el permiso de conducir por puntos?
Los puntos de partida serán:
- 12 puntos para conductores con más de 3 años de experiencia.
- 8 puntos para conductores nóveles con menos de 3 años de experiencia.
- Si no hay infracciones durante 3 años se dan 2 puntos más y durante otros 3 años 1 punto con un máximo de 15 puntos.
- Los conductores no perderán más de 8 puntos en un solo día salvo que concurra alguna infracción muy grave.
- Cuando transcurra 2 años sin infracciones recuperaran la totalidad de 12 puntos, pero si ha habido alguna infracción muy grave tiene que transcurrir 3 años sin infracciones.
- El titular no podrá obtener el permiso de nuevo hasta que no haya pasado 6 meses (3 meses para profesionales) y se incurriera de nuevo en la pérdida no podrá sacarse de nuevo el carné hasta pasado 12 meses (6 meses para profesionales).
- Se puede obtener 4 puntos si realiza un curso de sensibilización que dura 15 horas una vez cada 2 años (profesionales 1 vez cada año). Si pierde todos los puntos son 30 horas de curso.
- El no identificar al conductor es una infracción muy grave.
- Una vez retirado el carné se puede hacer fraccionar en periodos no inferiores a 15 días naturales.
- El abono anticipado con la reducción de la multa renuncia a formular alegaciones y la terminación del procedimiento sin dictar resolución salvo las que tenga suspensión del permiso o licencia de conducir.
¿Cómo se pierden los puntos?
– 6 puntos
- Conducir bajo los efectos del alcohol (>0,75 mg/l., Profesionales > 0,3 mg/l).
- Conducir bajo los efectos de estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes y otras sustancias análogas.
- Negarse a realizar las pruebas de alcoholemia o drogas.
- Circular en sentido contrario o conducir vehículos en competiciones y carreras no autorizadas.
- Conducir de forma temeraria.
- Sobrepasar en más de un 50% la velocidad máxima autorizada, siempre que ello suponga superar al menos en 30 km/h dicho límite máximo.
- El exceso en más del 50% en los tiempos de conducción o la minoración en más del 50% en los tiempos de descanso establecidos.
– 4 puntos
- Conducir bajo los efectos del alcohol (0,25-0,75 mg/l, profesionales 0,15-0,3 mg/l).
- Circular por autopistas o autovías con vehículos con los que esté expresamente prohibido.
- Conducir un vehículo con un permiso o licencia que no le habilite para ello.
- Conducir un vehículo con una ocupación que suponga aumentar un 50 % o más el n.º de plazas autorizadas.
- Arrojar a la vía o inmediaciones objetos que puedan producir incendios o accidentes.
- Conducir de forma negligente creando un riesgo.
- Exceder los límites de velocidad: en más de 40 km/h.
- Incumplir la prioridad de paso y la obligación de detenerse en un stop y en semáforos en rojo.
- Incumplir las disposiciones legales sobre adelantamiento poniendo en peligro o entorpeciendo a quienes circulen en sentido contrario y adelantar en lugares con visibilidad reducida.
- Adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas.
- Realizar la maniobra de marcha atrás en autopistas y autovías.
- Aumentar la velocidad o efectuar maniobras que impidan o dificulten el adelantamiento por el conductor del vehículo que va ser adelantado.
- No respetar las señales de los agentes.
– 3 puntos
- Exceder los límites de velocidad en más de 30 km/ hasta 40 km/h.
- Efectuar el cambio de sentido incumpliendo las disposiciones recogidas en esta Ley.
- No mantener la distancia de seguridad con el vehículo que le precede.
- Conducir utilizando manualmente el teléfono móvil, auriculares o cualquier otros dispositivo incompatible.
- Conducir sin el cinturón de seguridad, el caso y demás elementos de protección.
– 2 puntos
- Exceder los límites de velocidad en más de 20 km/h hasta 30 km/h.
- Parar o estacionar en los carriles destinados para el transporte público urbano.
- Parar o estacionar en curvas, cambios de rasante, túneles, pasos inferiores, intersecciones o cualquier otro lugar peligroso.
- Conducir vehículos que tengan instalados mecanismo o sistemas encaminados a eludir la vigilancia de los agentes.
- Circular sin alumbrado cuando sea obligatorio.
- Circular con menores de 12 años como pasajeros de motocicletas o ciclomotores.